Raúl Carrero. Mis pensares; mi visión.
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Cantando mi verdad, a capela.

11/19/2013

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Cuando la razón y la esencia se pierden, el camino borra las huellas recorridas; ahí, se pierde la legitimidad.

Que esto nos ocurra, como personas, resulta nefasto. Cuando le ocurre a una organización, es caótico, pues el impacto nocivo en las muchísimas personas que la componen, dependen de ella y creen en ella, trasciende exponencialmente.

Recientemente fui invitado y asistí a la Asamblea Anual Informativa de COSSEC. COSSEC es una corporación pública del Gobierno de Puerto Rico, que se creó por una ley, para que fungiera como regulador y asegurador de las cooperativas de ahorro y crédito del País, para darle seguridad al Pueblo de que sus dineros en las cooperativas están protegidos. Posteriormente, una nueva ley, le adscribió a sus responsabilidades la supervisión de las cooperativas generales, aunque a estas no las asegura. Los fondos públicos que maneja esta entidad provienen exclusivamente de aportaciones a su capital y el pago de primas del seguro de acciones y depósitos, que realizan las cooperativas de ahorro y crédito; el Gobierno no aporta dinero para su operación.  Su ley orgánica obliga a COSSEC a, anualmente, realizar una asamblea informativa a la cual acuden representantes de las cooperativas aseguradas, para que estas conozcan formalmente los resultados operacionales de esta entidad y conozcan su estado financiero y su capacidad para poder afrontar cualquier reclamación al seguro de acciones y depósitos.

La Asamblea, visualmente, me resultó muy elegante; tan es así, que me remonté a las suntuosas convenciones anuales de la Cámara de Comercio. Los invitados, de seguro, en general, lo pasaron bien. De hecho, resalto con satisfacción la oportunidad de ver a muchísimos representantes de las cooperativas expresándole libremente sus preocupaciones a su propio regulador y brindándole a este sus recomendaciones sobre aquellos asuntos que las retan día a día. Por su parte, los organizadores de la Asamblea con toda probabilidad se sintieron orgullosos al ver cómo transcurría satisfactoriamente su evento. Sin embargo, durante la celebración de esta Asamblea ocurrieron algunas situaciones que me impactaron. Al analizarlas cuidadosamente, me siento obligado a descorrer lo que fue percibido por los presentes de lo que realmente las causó, para poder, desde las entrañas del asunto, intentar conocer lo que realmente motiva que ocurran estos sucesos, y las implicaciones futuras, si el camino no se define y se realizan los ajustes necesarios.

Mi profesión legal y mi formación intelectual -y, porque no, también, la cooperativista- me han impuesto una rigurosidad de criterio, que me hace analizar todo evento organizacional en cuanto a si el mismo es cónsono o no con los fines y propósitos de la entidad que los protagoniza. Y quienes me conocen, saben de mi rigurosidad analítica y de opinión cuando percibo que los actos institucionales de una organización se separan de aquellos postulados que se instituyeron como razones primarias para su existencia, por lo cual, cumplirlos no es opcional.

Entiendo que la realidad pública de COSSEC la expone a cambios administrativos seguidos, lo cual provoca que sus dirigentes cambien, conforme cambia la administración gubernamental del momento. Y muchas veces, el asunto se agudiza, pues los dirigentes que se designan no conocen e inclusive no son parte de los más de 800,000 puertorriqueños que conforman el Movimiento Cooperativista. Por lo cual, ellos y ellas desconocen de primera mano los fines y propósitos de una cooperativa y los de la propia Corporación, más están ajenos y ajenas a las fortalezas, debilidades y retos que tiene este importante sector económico del País. Esta carencia de conocimiento “de adentro” afecta la debida y asertiva toma de decisiones, para beneficio del propio modelo cooperativo y la influencia que deben protagonizar los dirigentes, sobre cada uno de los miembros del andamiaje regulador, para que estos y estas conozcan la razón de ser de una cooperativa en su pueblo o comunidad, su función dentro del Sistema Cooperativo y la interrelación de cada una de las cooperativas que conforman el Sistema, con su participación en el desarrollo socioeconómico del País. Además, todos los representantes de COSSEC tienen que cabalmente conocer los retos y las amenazas que afrontan las cooperativas para prestar sus servicios, y ellos y ellas, con su pericia técnica, tienen que servirles como protectores del Sistema Cooperativo; hacer otra tarea, es validar la ilegitimidad. Sin menospreciar las capacidades profesionales, las buenas intenciones y el celo que los administradores de COSSEC pueden tener, si no conocen las particularidades cooperativas, sus intenciones, simplemente se trastocan, y es inevitable, y resulta lamentable, y hasta un tanto delicado, ver las consecuencias. Hemos sido testigos, de tiempo en tiempo, del desfase en la eficiencia administrativa y en la capacidad de influencia que el liderato administrativo de turno tiene sobre los demás empleados de COSSEC. O sea, que todos, jefes y subalternos, se convierten en cautivos de la deficiencia del sistema, por lo cual, el desconocimiento de la idiosincrasia cooperativa reina y desenfoca los propósitos públicos del ente regulador y asegurador, y carecen las obligadas estrategias articuladas que deben existir para su sostenimiento. Desde mi punto de vista, esto es preocupante y alarmante.

Estas razones y quizás muchas otras que se me escapan, fueron las que provocaron que durante la parte protocolaria de la Asamblea, la organización anfitriona, o sea, el regulador del Movimiento Cooperativo, presentó como Himno de la Cooperación, una canción totalmente desconocida para los invitados y, obviamente, para ellos y ellas. Este lamentable incidente, indiscutiblemente, fue provocado por el desconocimiento total de la idiosincrasia cooperativa por parte de la dirección gerencial de la entidad. ¡No conocen ni tan siquiera el Himno! No existe mayor explicación; otra, menos creíble, sería la falta de diligencia en la organización per se del evento, de haber realizado una prueba de sonido, previo a comenzar la actividad. Sin embargo, no solo yo, también los que testificaron el penoso incidente están convencidos de que no fue un error causado por la falta de diligencia de cualquier organizador, pues en principio reinó la certeza de la presentación correcta y planificada de un aparente Himno de la Cooperación.  A fin de cuentas, el resultado fue que quedó al descubierto la realidad de que la actual dirigencia desconoce completamente una parte de la esencia cooperativa: su Himno. 
¡Sálvanos, Divina Pastora!

Así también, fui testigo cuando un delegado de una de las cooperativas reguladas y aseguradas preguntó si se decretarían dividendos a los dueños del capital, o sea, a las cooperativas, sobre las economías que tuvo COSSEC el año anterior. La respuesta que provocó la pregunta se expresó luego de una desatinada reivindicación del incidente del equivocado himno, con la presentación a destiempo del real y querido Himno de la Cooperación, y dicha respuesta fue que aún la Junta no había decidido ese asunto. La respuesta dejó a los presentes más perplejos que cuando se les presentó como himno una desconocida canción. ¡Quizás hubiera sido mejor que nos lo cantaran a capela!

El desconcierto se agudiza, pues la Corporación tiene una Junta de Directores, que inclusive, casi la mitad de sus miembros son representantes de las cooperativas, y todos sus componentes tienen que saber -o espero que sepan- que ese Cuerpo Rector se debe a sus dueños o constituyentes, pues son los que legitiman su función en la silla que ocupan. Y es a la Junta de Directores a la que le compete este tipo de decisión, previo a la celebración de una Asamblea. Ante esta gran verdad, era responsabilidad de la Junta de Directores comparecer ante los representantes de los dueños del capital con una respuesta concreta sobre ese tema. ¿O acaso no esperaban una pregunta tan obvia? Las evasivas, las excusas, a ese nivel, son nefastas, imperdonables e inconcebibles, pues se proyectan muchas cosas, excepto, cumplimiento con los deberes del cargo que se les encomendó a los directivos y respeto hacia quienes nos debemos. Definitivamente, la Junta de Directores, en este asunto, no actuó con el cuidado que se le exige a un buen padre de familia. ¿Habrán tenido tiempo estos Directivos para leer e interpretar, en conjunto, la Ley Orgánica que deben cumplir? ¿Existirá una política interna en COSSEC para lograr que cada nuevo funcionario, sea de director de Junta, ejecutivo o empleado, se forme integralmente, previo a descargar sus funciones?

Indiscutiblemente nuestro país ha sido testigo de un sinnúmero de eventos en los cuales se evidencia la falta de cumplimiento por parte de funcionarios públicos o privados de sus deberes fiduciarios; también, se ha visto cómo muchísimas entidades han perdido su norte, o sea, los propósitos que validan su existencia. Ambos tristes casos tienen su génesis en una carencia de estudio real y consciente de la entidad que se dirige, su función, su regulación, sus circunstancias, y su historia, por mencionar algunas ramificaciones.

Esto, nos pone de manifiesto la necesidad de que todo directivo de entidad, conozca a cabalidad los fines y propósitos de su empresa, así como las necesidades y circunstancias de sus constituyentes. Y no basta nunca con conocerlas. Resulta indispensable revisarlas y discutirlas en grupo cuantas veces sea necesario, para asegurarnos que todos los directivos conocen correctamente el significado de lo que son los fundamentos en los que se erigió la entidad que hoy, privilegiadamente, representan. 

El ejercicio de revisitar la legislación y reglamentación que nos obliga, para estudiarlas o simplemente recordarlas, y para analizar si las estamos cumpliendo a cabalidad, se impone. No pueden permitir los directivos que terceros los juzguen desde las gradas y pongan en entredicho su cumplimiento con el deber fiduciario que tienen, por esa falta de diligencia, pues la percepción siempre será más dura que la misma verdad. ¡Hay que enfocarse para lograr las metas propuestas! La gente a quienes se les debe no merece menos, y Puerto Rico tampoco. ¡Y por eso yo canto mi verdad, a capela!
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LA CONVOCATORIA; su importancia e implicaciones legales.

7/10/2013

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En el día de hoy, se reseña en dos de los principales periódicos del País (END y METRO) una demanda presentada por dos abogados, impugnando el nombramiento que hizo el entonces Gobernador Fortuño de 103 funcionarios públicos, pues alegan los demandantes, que la aprobación del Senado a estos nombramientos fue contraria a las disposiciones de nuestra Constitución. Indican que la convocatoria a la Sesión Extraordinaria que realizó el Gobernador, no especificaba entre sus asuntos, la aprobación de estos nombramientos. Indican que se violó el Artículo 3 de la Sección 10 de la Constitución, el cual dispone que “[c]uando el gobernador convoque a la Asamblea Legislativa a sesión extraordinaria sólo podrá considerarse en ella los asuntos especificados en la convocatoria…”.

Esta controversia judicial y constitucional, resalta la importancia que tienen las convocatorias que se notifican para la celebración de las reuniones en toda organización, sea pública o privada. Y me resulta muy interesante.

Como cooperativista, pero sobre todo, como abogado al servicio de las cooperativas, quiero aprovechar la notoriedad de esta controversia pública, para comunicarles a los dirigentes de nuestras cooperativas, la importancia que tiene una convocatoria a una reunión o asamblea, pues si la misma se realiza contrario a derecho, convierte en nula, la reunión que se celebre y sus acuerdos, sin importar si dicha reunión o asamblea contó con el cuórum reglamentario. Está claro. Simplemente, todo lo acordado, no sirve; perdimos el tiempo y comprometimos ilegalmente a nuestra querida empresa cooperativa.   

Una sociedad cooperativa podría estar expuesta a que alguno de sus socios le reclame formalmente violaciones a la ley y reglamentos, e inclusive, que se le causó daños, por celebrar una asamblea, con una convocatoria defectuosa. Esto es así, ya que la ley, los reglamentos y los manuales adoptados para regir la institución le obligan a incluir en una convocatoria la agenda de los trabajos a discutirse en la reunión, y en aquellas reuniones o asambleas extraordinarias se impone el deber de especificar el tema a discutirse. Veamos.

La Ley Núm. 255 de 2002 (y similar regulaciones tiene la Ley Núm. 239 de 2004):  
  • En su Artículo 5.02, titulado Convocatorias, dispone que la Junta de Directores es la responsable de convocar a las asambleas extraordinarias, generales o de distrito, y cuando los socios sean quienes soliciten la asamblea, estos deberán especificar el asunto a tratarse. 
  • En su artículo 3.04, titulado Reglamento General, se obliga a que cada cooperativa, en su reglamento general, describa “la manera de convocar y celebrar asambleas ordinarias y extraordinarias de socios”, por lo cual, cada reglamento, tiene que indicar que las convocatorias tienen que incluir, entre otros asuntos, la agenda de los trabajos ordinarios y cuando sean extraordinarias, detallar específicamente el asunto o asuntos a discutirse.

El Reglamento Núm. 7051, en su Capítulo V, Sección 3, titulada Convocatorias, indica, en lo pertinente, que “[l]a convocatoria para la celebración de la asamblea deberá expresar el propósito de la celebración y la agenda de los asuntos que se pretendan discutir. La convocatoria…”.

El Manual de Procedimiento Parlamentario, del Prof. Reece B. Bothwell, el cual aunque no es ley ni reglamento, sí ha sido adoptado internamente por muchísimas cooperativas, en sus reglamentos generales, resalta la importancia de la convocatoria y la responsabilidad que tiene el secretario de cada cooperativa para cumplir con su deber correctamente. Indica el Prof. Bothwell, que le “[c]orresponde al secretario de una organización o cuerpo deliberativo, preparar la agenda, en consulta con el presidente, de tal forma que se incluyan todos los asuntos pendientes de consideración. Es también función del secretario convocar a la membresía a las asambleas y reuniones que están fijadas por reglamento y a todas aquellas otras reuniones, por instrucciones del presidente. Conviene recordar que la agenda, una vez aprobada por mayoría simple, no puede alterarse sino mediante votación de dos terceras partes de los votantes”. Continúa Botwell detallando la responsabilidad que tiene el secretario de cada cooperativa cuando ejemplifica que “[s]urgen situaciones en las organizaciones en las que hay que atender un asunto con urgencia y el secretario se ve en la obligación de convocar a una reunión extraordinaria para atender el asunto. En esas circunstancias la agenda de la reunión se limita al asunto que requiere resolverse. Una vez citada una reunión extraordinaria, no se puede enmendar la agenda, ni por unanimidad de los presentes”.

Como podemos concluir, una convocatoria a una reunión de junta de directores o para una asamblea, tiene que contener el propósito de su celebración y la agenda, y cuando estas sean extraordinarias, tienen que incluir el asunto específicamente que se discutirá.

Y no solo la legalidad de un acuerdo que se tome en junta o en asamblea, se basará en que se cumplió con notificar una convocatoria con un contenido que cumple con la ley, los reglamentos y manuales que obligan a la cooperativa. También resulta indispensable que los funcionarios de la cooperativa, celebren la reunión y permitan la discusión y deliberación de solo aquellos asuntos que fueron notificados en la convocatoria.

Es ilegal permitir la discusión de un asunto que no fue determinado en la convocatoria. Es ilegal que se convoque para un asunto, y el presidente solicite autorización para incluir un asunto adicional, no descrito en la convocatoria. No se puede. Es ilegal. Pueden cometer fraude. Comprometerán legalmente a la Cooperativa. Violarán sus deberes fiduciarios. Y no importa si todos los presentes consienten a discutir el asunto que se presente. No importa si considerar el asunto parece prudente o resulte necesario o conveniente que se tome la decisión en esa reunión. Si el asunto no les fue anunciado a los miembros del cuerpo deliberativo, sea a la junta o a los socios que constituyen la asamblea, no se puede considerar, y si se considera, cualquier decisión que se tome es nula, pues no cumplió con las leyes y reglamentos que obligan a la cooperativa.

MORALEJA: La creatividad, invención, sagacidad, astucia de algún o algunos directores o socios para adelantar sus intenciones NUNCA podrán sustituir la obediencia legal que la cooperativa tiene que seguir y la obligación que tiene el presidente de la cooperativa en no permitir la consideración de asuntos ajenos a los notificados en la convocatoria.  

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LA EXENCIÓN CONTRIBUTIVA DE LAS COOPERATIVAS ¿Por qué y Para qué existe? ¿Por qué es importante protegerla?

6/28/2013

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Hace unos días, les preguntaba a un grupo de dirigentes cooperativos, por qué y para qué existen las exenciones contributivas que el Gobierno les concede a las cooperativas, y por qué resultaba indispensable protegerlas. La discusión, muy productiva por demás, demostró que todos estos buenos cooperativas, tenían, individualmente, elementos legítimos para justificar la protección de las exenciones contributivas, y muchos de ellos, pudieran debatir sus argumentos en cualquier foro ante los retos económicos que afronta el Gobierno desde hace varios años; retos que han puesto en terreno movedizo la permanencia o la mutación de las exenciones contributivas que benefician al Cooperativismo.

Sin embargo, durante la discusión, no pude obtener una respuesta clara del POR QUÉ y PARA QUÉ existen las exenciones contributivas que le brinda el Estado al Cooperativismo, como parte de una estructura de desarrollo económico en Puerto Rico. Para nutrir la discusión, humildemente, les hice mi aportación de cómo yo contestaría esas dos preguntas ante nuestros líderes del Gobierno. Sin embargo, mi preocupación de siempre, de que como Movimiento Cooperativo estamos desarticulados y no llevamos un mismo mensaje, se agravó. Por ello, me siento en la obligación de compartir estos pensamientos muy míos, después de vivir, disfrutar y estudiar lo que es el Cooperativismo, y cómo ayuda a los seres humanos a desarrollarse social y económicamente. Y con orgullo lo digo, pues no solo me precio de haber sido en un momento de mi vida, un líder cooperativista durante más de 8 años, y haber sido y ser un estudioso del Cooperativismo, si no que puedo dar fe de las ventajas que obtiene un ciudadano común cuando es parte de una cooperativa y la patrocina. Esto es así, pues mi primer préstamo lo hice en mi cooperativa en Rincón, mi primer carro que pagué con mi trabajo, siendo un profesional, lo obtuve, gracias a un préstamo que me concedió mi cooperativa, y hoy día, mi residencia principal, la tengo, gracias a un préstamo que me concedió mi cooperativa. Sin hablar de haber visto el desarrollo de mis padres y abuelos, gracias a las oportunidades de crédito que les daba nuestra cooperativa. Hasta el primer carro que compré, a través de mi corporación, me lo concedió el Banco Cooperativo. En fin, puedo hablarles con orgullo, pero con entendimiento, por qué se tiene que ser cooperativista, y por qué son indispensables las exenciones contributivas que se les brindan a estas instituciones.

Las cooperativas, por virtud de ley están exentas de pagar impuestos (en cualquier forma) al Estado, con excepción de la enmienda transitoria que se experimentó con la Ley Núm. 7 de 2009, que aunque ya culminó, le impuso una contribución sobre ingresos especial a todas aquellas cooperativas que hubiesen generado ingresos netos en exceso de $250,000.00, nuestras cooperativas no le pagan tributos al Estado.  La concesión especial que el Estado les brinda a las cooperativas, al hacerlas exentas del pago de impuestos, se justifica por el ALTO INTERÉS PÚBLICO que tienen las cooperativas, pues las cooperativas las conforma el Pueblo, quien de forma colectiva, se agrupa para satisfacer sus propias necesidades económicas y sociales. Por ello, el Estado, reconociendo la necesidad de que su pueblo se desarrolle y progrese económicamente, le concede beneficios especiales, a quienes se agrupan y se constituyen de forma cooperativa; pues se parte de que el interés de la gente emana de su necesidad colectiva de satisfacerse sus problemas económicos y/o sociales.

Pero, ¿POR QUÉ existen las Exenciones Contributivas?
Desde el 1946, cuando se creó la primera legislación completa sobre el Cooperativismo en Puerto Rico, o sea, la Ley Núm. 291, para propiciar el desarrollo de las distintas sociedades cooperativas que existían y existen, se concedió la exención contributiva a las cooperativas. Esta exención, en aquel entonces, se concedió sobre los ingresos y sobre las propiedades que compraran las cooperativas para realizar sus negocios; también estaban exentas de contribuciones las acciones que emitían las cooperativas. Esta protección se fundamentó en que las cooperativas eran organizaciones sin fines de lucro. También se fundamentó, pues el Estado estaba convencido que el Cooperativismo podía contribuir eficazmente en lograr una mayor producción de riquezas y, entonces, lograrse una distribución más equitativa de la misma. Y, por último, el Estado, demostrando sus cualidades de un BUEN PADRE DE FAMILIA, estaba convencido que a través de la ACCIÓN COOPERATIVA cada individuo se beneficiaría de forma inmediata, tanto en su personalidad como en su dignidad, entiéndase que el Cooperativismo hacía mejores personas; desarrollaba mejores seres humanos, que serían, al final, mejores ciudadanos que aportarían a la Sociedad. Eso le convenía al Estado, por eso, tales concesiones. Fíjense, que aun con las distintas enmiendas que las leyes sobre el Cooperativismo han experimentado en los últimos 60 años, la exención contributiva se ha mantenido indeleble y firme en nuestro marco jurídico.

Es indiscutible concluir que el fin del Estado, a través de las diferentes estructuras gubernamentales, legislativas y judiciales, por conducto de los hombres y mujeres que las lideran, es PROCURAR EL BIENESTAR DE SU GENTE, BUSCAR LA IGUALDAD ENTRE SU GENTE, y el propio Estado ha visto en el Cooperativismo ese protagonista que le ayuda a cuidar y educar a su gente. Por eso, ha afirmado desde el 1946, y reafirmado hasta hoy día, a través de la legislación actual, los postulados de justicia social que promueve el Cooperativismo y, por ende, para garantizar su existencia ha concedido ciertos beneficios para su desarrollo y el más contundente ha sido las exenciones contributivas.

Es sencillo, el Cooperativismo, a través de cada una de sus cooperativas, lo que ha perseguido y persigue, día a día, es que el Pueblo, a través de su GENTE ORGANIZADA, logre satisfacer sus necesidades y viabilice sus aspiraciones de desarrollo socio-económico. Y que el Pueblo, a través de su GENTE ORGANIZADA, sea dueño, en comunidad, de una empresa cooperativa donde la posea con muchos otros, y la pueda dirigir democráticamente.

¿POR QUÉ es importante PROTEGER las Exenciones Contributivas?
  1. Con esta concesión del Estado, cada una de las cooperativas logra manejar los recursos financieros que obtiene de sus negocios, para beneficio exclusivo de la GENTE ORGANIZADA, o sea, sus socios dueños.
  2. La exención logra que la cooperativa adquiera bienes y servicios para realizar sus actividades comerciales, sin el pago de impuestos al Estado, de manera que puede allegarse bienes y servicios de mejor calidad o mayor cantidad, todo con el fin de beneficiar exclusivamente a la GENTE ORGANIZADA, quienes son sus socios dueños. Con este beneficio del Estado, cada una de las cooperativas pueden:
    • ser REGULADORES DE PRECIOS;
    • pueden brindarles a sus socios ACCESO PLENO A SERVICIOS FINANCIEROS;
    • EDUCAN SOBRE EL MEJOR MANEJO DE SUS FINANZAS PERSONALES Y FAMILIARES;
    • PROMUEVEN ACTIVIDAD PRODUCTIVA MEDIANTE EL AUTO EMPLEO, LA AUTOGESTIÓN Y APOYAN A PEQUEÑAS EMPRESAS; y
    • DESARROLLAN LÍDERES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL COOPERATIVISMO Y DE LAS COMUNIDADES, por mencionar algunos beneficios, que si no existieran por medio de las cooperativas, sería el Estado quien tendría la obligación de hacerlo y obviamente se requeriría de un mayor presupuesto gubernamental.
  3. A través de la exención contributiva se logra que cada cooperativa, cumpla su misión en la comunidad a la cual sirve, y se desarrolla el bienestar y se consigue LA IGUALDAD ENTRE LA GENTE ORGANIZADA, quienes son sus dueños. Los presupuestos que cada cooperativa utiliza para realizar este tipo de actividad, al unirlos, se convierten en un presupuesto significativo que se ahorra el Estado en tener que ejecutar y pagar. O sea, este presupuesto es un ahorro que tiene el Gobierno, pues si no lo hicieran las cooperativas, le correspondería al propio Estado, a través de sus agencias, fomentar aun más y con mayor dinero, el deporte, las artes, la cultura, la salud, la educación, por mencionar algunas áreas que cubren nuestras cooperativas.



¿PARA QUÉ existen las Exenciones Contributivas?

Es indiscutible que las partidas económicas que el Estado deja de allegarse por razón de la exención contributiva que disfrutan las cooperativas, repercute significativamente en un ahorro que tiene el propio Estado en sus finanzas, pues si las cooperativas desaparecen o los negocios de estas se afectan significativamente con la imposición de arbitrios, sería el Estado quien tendría que conseguir fondos que hoy no tiene para aportar al desarrollo socio-económico de su gente, a través de las muchísimas actividades educativas, culturales, de salud, artísticas, deportivas, por mencionar algunas que realizan las cooperativas. Más aun, me atrevería a decir que si trabajáramos articuladamente, entiéndase el Estado con el Movimiento Cooperativo, los esfuerzos del Estado en estas áreas al unirse con los que realizan las cooperativas, resultaría en un mayor beneficio para nuestra gente, que el que se obtiene hoy día, pues el impacto, en consecuencia, sería uno mayor.

Es preciso señalar que muchísimas de nuestras cooperativas generan ganancias muy limitadas, pero aun así garantizan el cumplimiento de la filosofía cooperativa, esto debido a su estructura jurídica. La imposición de contribuciones en estas cooperativas no sería significativa para el Estado, pues si no hay ganancias sobre la cual pagar contribuciones, no hay contribución que pagarle al Estado. Y en las que operan con demasiada limitación o al presente están en pérdida, el gasto que representaría la imposición de contribuciones las llevaría al precipicio fiscal y desaparecerían, y al desaparecer no hay pago por contribución que beneficie al Estado. De manera que el Estado se quedaría “sin la soga y sin la cabra”, como bien dice el refrán. Aparte que los beneficios de tener viva a “la cabra” desaparecen, pues no existirían para esa parte del pueblo quienes eran sus socios, todos los beneficios, que aun con ganancias limitadas o en pérdida, la cooperativa les brindaba.

Aparte de estos que les menciono, se suma el vacío que dejarían las cooperativas como reguladoras de precios, lo cual, implicaría que el Estado tenga que realizar una serie de legislaciones y actividades que trastocarían su presupuesto actual, significativamente. Veamos dos ejemplos de esta aseveración.

En el caso de las cooperativas de ahorro y crédito, los intereses módicos que les cobran a sus socios y clientes parten del supuesto fiscal de que no existe el gasto del pago por contribuciones al Estado, pero de este existir, los intereses que se cobrarían y que son el ingreso principal de una cooperativa, aumentarían, por ende, el consumidor se afectaría grandemente. Ello, sería un efecto en cadena, pues no solo el consumidor pagará más, sino que las instituciones financieras que hoy son competencia directa de los negocios de estas cooperativas, quedarían a rienda libre para determinar las tasas de intereses que cobrarían por sus préstamos, afectando la capacidad prestataria del Pueblo. Para entender este ejemplo es preciso saber que las casi 110 cooperativas que tenemos en Puerto Rico, tienen aproximadamente 800,000 socios y socias. Este número si lo consideramos en familias, estaríamos hablando que las cooperativas directa o indirectamente impactan financieramente a mucho más de la mitad de la gente que habita en nuestro país, quienes son los que conforman el Estado. O sea, el mismo Estado estaría poniendo en precario a sus constituyentes.

Un segundo ejemplo del impacto en el trastoque de las exenciones, ocurriría con los negocios de las cooperativas de seguro, pues las primas de los seguros que estas ofrecen, aumentarían. Ello, implicaría que los aseguradores que son competencia de estas, también pueden aumentar sus tasas y si no las aumentan, afectarían a la institución cooperativa al margen de que quizás estas desaparezcan, por lo que la competencia quedaría libre de imponer sus precios máximos, según las tablas que les permita su regulador, y esto afectaría inmensamente al Estado, pues el Pueblo no tendría dinero para costear esas primas y cada ciudadano y sus familias quedarían descubiertos de una protección a pérdidas materiales y personales. Para entender este ejemplo es preciso saber que las dos aseguradoras cooperativas que tenemos en Puerto Rico, atienden en conjunto a cerca de 1 millón de ciudadanos. O sea, 1 millón de personas que pagarían más por sus seguros o simplemente muchas de ellas, no se asegurarían. En definitiva, trastocar la exención contributiva, crearía un desfase económico que agudizaría la crisis que atraviesa nuestro país.

Como les indiqué al inicio de este escritorio, mi propósito es comunicar la importancia de esta concesión del Estado. Pero el propósito tiene una finalidad mayor: lograr que cada uno de los que se sirven de una cooperativa, la conozcan y la protejan, pues de ello dependerá el futuro de nuestro Movimiento Cooperativo y su aportación a nuestra sociedad. Educándonos, tendremos las herramientas para defender nuestros postulados y para hacer que estos se cumplan. Y lucharemos, con palabras, cualquier guerra que se nos presente. Educados, de seguro, ganamos. Nos resulta indispensable educarnos para defendernos, pues estoy convencido que un Puerto Rico sin cooperativas, sin un Movimiento Cooperativo sólido y legítimo, no sería nunca un país próspero.

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DETENGAMOS LA DEMAGOGIA DISFRAZADA DE PROYECTO LEGISLATIVO

6/25/2013

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  Mientras lees estas letras, la Cámara de Representantes se encuentra evaluando el Proyecto del Senado 391, que fue aprobado recientemente por el Senado el viernes, 21 de junio. Este Proyecto pretende cambiar, sorpresivamente, la composición de la Junta de Directores de COSSEC, el regulador de todas las cooperativas (excepto las de seguro) y el asegurador de las cooperativas de ahorro y crédito en el País. De convertirse en ley, el Proyecto, añadiría en la Junta de COSSEC a 2 miembros nombrados por el Gobernador y sustituye como director al Comisionado de Instituciones Financieras por el Comisionado de Seguros.

  Lamentablemente, de una lectura al Proyecto, se percibe que las justificaciones que presenta al Senador proponente del Proyecto, son débiles y lo evidencian como un claro desconocedor de las luchas que sostuvo el Movimiento Cooperativo cuando logró que la Junta de Directores de su principal regulador, estuviera dirigida, en partes iguales por los intereses del Gobierno y del propio Movimiento. No menciona el Senador Proponente, cuando dice que COSSEC, como corporación pública “es probablemente una de las más importantes y de mayor responsabilidad social y económica en Puerto Rico”, la razón principal para gozar de tal prestigiosa reputación.

  La razón principal para la importancia y solidez financiera de COSSEC en la estructura gubernamental, al punto de convertirla en quizás la única con un presupuesto con SUPERÁVIT, es que ES TOTALMENTE NUTRIDA CON FONDOS DEL PUEBLO COOPERATIVISTA, Y QUE EL GOBIERNO NO APORTA FINANCIERAMENTE EN NADA A SU DESARROLLO.  Si el Senador proponente justificara el éxito correctamente, y conociera la lucha del Movimiento Cooperativo, estuviera legislando sabiamente para reducir la participación de funcionarios gubernamentales en esta Junta. Por eso, LOS COOPERATIVISTAS tenemos que EXIGIR Y ALZAR NUESTRA VOZ, para RECLAMARLE AL GOBIERNO QUE RESPETE LAS ESTRUCTURAS EXITOSAS DEL MOVIMIENTO COOPERATIVO.

  Este proyecto al final de cuentas es una afrenta para quienes se consideren cooperativistas, pues hiere la retina ver la intención del Senador Proponente: utilizar a COSSEC como un botín de guerra, como un botín político para que el Gobierno lo controle. LOS BUENOS COOPERATIVISTAS, los que ponemos nuestra filosofía cooperativa y democrática, antes que nuestras afiliaciones políticas, tenemos que expresarnos y unirnos a los esfuerzos de la LIGA DE COOPERATIVAS para detener esas intenciones que al fin trastocarán nuestras estructuras y nos debilitarán como el sistema económico que somos. COSSEC le pertenece al Movimiento Cooperativo; no al Gobierno. UNÁMONOS Y DETENGAMOS LA DEMAGOGIA DISFRAZADA DE PROYECTO LEGISLATIVO. 

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¿YA ERES SOCIO DE UNA COOPERATIVA?¡RIEGA LA VOZ, ES TU OBLIGACIÓN!

6/5/2013

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¿Sabías que la compañía americana Ocean Spray, es una cooperativa, la cual se ubica entre las 20 cooperativas más exitosas de los EU, pues tienen ventas que sobrepasan 1 billón de dólares? Yo no lo sabía. 

¿Sabías que en EU existen más de 29 mil cooperativas, y que están integradas por la mitad de la población de EU, o sea, por 120 millones de hombres y mujeres? Yo no lo sabía. 

¿Sabías que estas más de 29 mil cooperativas, operan a través de casi 73 mil establecimientos o sucursales, y generan ingresos ascendentes a los $654 billones? Yo no lo sabía.

¿Sabías que estas cooperativas le pagan a sus más de 2.1 millones de empleados salarios que suman sobre $74 billones? Yo no lo sabía.

¿Y saben porque no sabía toda esta excelente información, aun cuando me considero un cooperativista genuino, y creo en este sistema único y maravilloso?  

Me duele confesar esta ignorancia, pero más me duele confesar, el reconocer que el propio Movimiento Cooperativo a nivel mundial ha fallado en promover su noble gesta de desarrollar la economía de los pueblos a los que sirven, como también sirve y ayuda a diario en Puerto Rico. Por esto es que cada día se hace más obligatorio que el Movimiento Cooperativo informe sus bondades a la gente, pero que lo haga de forma articulada y estratégica, para que muchos más conozcan lo que es una cooperativa y den el paso a unirse y obtener sus servicios.

Yo, me contesté todas las anteriores preguntas, gracias a un estudio que hizo la Universidad de Winsconsin, apoyada por el Departamento de Desarrollo de la Agricultura de Estados Unidos (USDA), presentado a inicios del 2012. 

Pero ya que lo sé, también lo tienen que saber la totalidad de los dirigentes de las cooperativas existentes, quienes tienen la obligación de exigir que los fines y propósitos, por los cuales se fundaron sus instituciones, perduren y se fortalezcan, pues a veces, en el afán de desarrollo y evolución, se pierde la "esencia".  Y la Regla de Oro del Cooperativismo es la EDUCACIÓN, por eso todas las cooperativas tienen que educar a sus socios para que estos, a su vez, eduquen a sus familiares, amigos, vecinos, compañeros de trabajo. ¡Hay que educar coordinadamente! No podemos permitir que nuestras cooperativas crezcan, pero pierdan su fin; su esencia.  Bien lo dijo una vez el fallecido cooperativista Héctor Zayas Chardón "el Cooperativismo es servicio… y a veces la grandeza hace perder la razón de ser".  Por eso, nosotros no podemos permitir que la grandeza alcanzada nos aparte del servicio a nuestro pueblo.

En Puerto Rico existen aproximadamente 350 cooperativas, de las cuales 118 son cooperativas de ahorro y crédito y más de 170 son cooperativas juveniles, que son integradas por niños y jóvenes en nuestras escuelas. El resto: las de tipos diversos, ofrecen una infinidad de servicios, desde protección a la vida, a nuestras propiedades, realizan excelentes vestimentas mediante costura, confeccionan ricos alimentos, y producen materiales especializados, por mencionar solo algunas. Todas juntas, impactan a más de 1.5 millones de personas, y emplean a sobre 6,000 personas, sin mencionar los empleados indirectos que provocan; y tienen activos que sobrepasan los $9 billones. Lo mejor de todo es que estas entidades son reguladas correctamente por dos entidades gubernamentales que protegen el gran interés público que vigilan, de esta forma se le garantiza al Pueblo que confíe en este tipo de entidad dirigida por el propio pueblo; me refiero a COSSEC y al Comisionado de Seguros.  Las de ahorro y crédito cuentan con un seguro provisto por COSSEC, al igual que tienen los clientes de la banca, el cual es provisto por el FDIC, que protege sus depósitos hasta $250,000.00. De hecho, a finales del 2011, un estudio especializado, colocó a las cooperativas como una de los 5 tipos de empresas más confiables de nuestro país de una lista de 15; una de ellas, la Cooperativa de Seguros Múltiples ha sido designada como uno de los mejores patronos del País. ¿Pero saben que me frustra?

Me frustra que, aun con todos estos beneficios, mucha gente nuestra, gente de la buena, de la que necesita, no conoce los beneficios de ser parte de una cooperativa, de una entidad de la que se es dueño y donde se puede tener el privilegio de participar en las decisiones de negocios e, inclusive, una vez que se es socio se pueden convertir en uno de los representantes de los dueños en calidad de dirigente de la entidad, como directores, miembros de sus cuerpos directivos. ¿En qué otra institución una persona común, esa gente buena que necesita, puede tener acceso a los principales ejecutivos para manifestar sus necesidades y viabilizar las maneras en que les pueden ayudar a satisfacer sus necesidades económicas o sociales? Solo en las cooperativas. Yo lo viví desde mi niñez, cuando veía como la gente de pueblo se reunía directamente con el entonces gerente y luego presidente ejecutivo de mi Cooperativa base, el gran Rafael Montalvo, quien siempre que las circunstancias lo permitían, junto a su equipo, lograba que una familia común accediera a productos financieros que en una institución privada, jamás lo obtendrían; al menos, nunca de forma onerosa. ¿Mejor aún, en que otra institución, cuando la patrocinas, al final del año, si tiene economías, las divide y reparte entre sus socios dueños y, estos obtienen un dinerito adicional? Solo en las cooperativas.

Los exhorto a tomar en serio a las cooperativas y a diseminar sus beneficios. Estoy convencido que a través de estas buenas empresas se obtiene al final un mejor país. A muchos los hacen más felices cuando viabilizan sus financiamientos para la obtención del auto o su residencia, a otros simplemente los ayudan a desarrollarse y a evolucionar para ser mejores seres humanos, ya sea educativa, cultural, social o profesionalmente, desde una base filosófica muy común, aquella que todos conocemos cuando decimos, sin a veces profundizar su significado: "en la unión está la fuerza".  Por eso les recuerdo aquel comercial que decía que el "Cooperativismo, es la fuerza de todos".  Apoya a tu cooperativa más cercana, a la de tu predilección, pues apoyándola, te apoyas tu mismo. Luego, comunícale a tu gente, que en esa cooperativa se pueda confiar y logra que se conviertan en un nuevo socio. Un mayor éxito como pueblo, lo veremos juntos. Se los aseguro.
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    Raúl Carrero

    Abogado-Notario

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